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El texto es una columna de opinión escrita por GABRIEL REGIS LÓPEZ publicada el 21 de Octubre del 2025, en la que analiza las reformas a la Ley de Amparo publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de Octubre del 2025. El autor argumenta que las reformas, a pesar de las críticas, no tienen un impacto negativo en el juicio de amparo y buscan modernizarlo.

Un dato importante es que el autor considera que la reforma a la Ley de Amparo no tiene un impacto negativo en el funcionamiento del juicio constitucional.

📝 Puntos clave

  • La reforma a la Ley de Amparo se centra en cuatro ejes: actualización tecnológica, interés legítimo, procedencia contra créditos fiscales firmes y reglas de suspensión.
  • La implementación de tecnología en el juicio de amparo es vista como positiva, especialmente para las autoridades responsables.
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  • El autor considera que la reforma sobre el interés legítimo simplemente codifica criterios jurisprudenciales existentes.
  • La reforma no restringe la impugnación de créditos fiscales, sino que busca evitar el entorpecimiento de los procedimientos administrativos de ejecución.
  • Los cambios en la suspensión del acto reclamado buscan proteger el interés social y el orden público, especialmente en casos relacionados con recursos de procedencia ilícita.
  • La reforma no es retroactiva y se aplicará a las actuaciones procesales posteriores a su entrada en vigor.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Qué aspectos negativos podrían surgir de la reforma a la Ley de Amparo según el texto?

El texto menciona que la figura de la suspensión es en la que los órganos jurisdiccionales tendrán que ir fijando criterios en torno a la aplicación de los nuevos supuestos de orden público e interés social. Esto podría generar incertidumbre y posibles interpretaciones contradictorias al principio.

¿Qué aspectos positivos destaca el autor sobre la reforma a la Ley de Amparo?

El autor destaca la actualización tecnológica del amparo, la clarificación del interés legítimo, la no restricción a la impugnación de créditos fiscales y la protección del interés social y el orden público en la suspensión del acto reclamado. En general, el autor considera que la reforma busca modernizar y hacer más eficiente el juicio de amparo.

Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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