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El texto de la columna invitada del 24 de marzo de 2025, escrita por Marina San Martín Rebolloso, especialista en transparencia y privacidad, analiza las recientes leyes de transparencia y privacidad, así como la reforma a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, que entraron en vigor el 21 de marzo. El análisis se centra en las modificaciones relevantes en la nueva ley de datos personales para privados.

La eliminación de la referencia a personas "físicas" en la definición de "dato personal" es un cambio significativo.

Resumen

  • Las nuevas leyes de transparencia y privacidad replican en gran medida las legislaciones anteriores, con cambios importantes en el diseño institucional.
  • La ley de datos personales para privados mantiene las bases, principios, procedimientos, plazos y sanciones de la legislación anterior, con ajustes de redacción y lenguaje incluyente.
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  • Se destacan tres modificaciones relevantes:
    • La eliminación de la referencia a personas "físicas" en la definición de "dato personal", lo que podría extender la protección a personas morales.
    • La aparente supresión del requisito de informar sobre transferencias de datos en el aviso de privacidad, aunque se mantiene la necesidad de incluir una cláusula de aceptación o rechazo.
    • La ampliación de las excepciones al consentimiento, permitiendo el tratamiento de datos sin consentimiento si lo determina "una disposición jurídica" en lugar de solo una "ley".

Conclusión

  • La autora subraya la importancia de que la autoridad escuche a los especialistas para adecuar los cuerpos legales secundarios.
  • Se enfatiza la necesidad de aclarar la definición de "dato personal" en la reglamentación para evitar efectos no deseados.
  • Se resalta la importancia de la capacidad de la autoridad para adecuar lo que se requiera en los cuerpos legales secundarios.
Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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