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El texto de Giovanni Hernandez, fechado el 5 de Marzo de 2025, analiza la problemática de la falta de un periodo de precampañas para las candidaturas al Poder Judicial de la Federación en México, generando una desventaja para aquellos que no han tenido la oportunidad de darse a conocer previamente.

La falta de un periodo de precampañas genera una desventaja para los candidatos al Poder Judicial de la Federación.

Resumen

  • El artículo 96 de la Constitución y el artículo 501 de la ley electoral (LGIPE) establecen que el Senado debe entregar al INE la lista de candidaturas al Poder Judicial de la Federación el 12 de febrero.
  • El legislador no previó un periodo de precampañas, asumiendo que no hay procesos internos de partidos políticos en este tipo de comicios.
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  • Se establecieron 60 días para campañas, comenzando el 30 de marzo, sin posibilidad de precampañas, dejando 45 días donde los candidatos no pueden solicitar el voto.
  • Las campañas se limitan a redes sociales, con restricciones de financiamiento y sin respaldo partidista formal.
  • El INE reafirmó la prohibición de actos anticipados de campaña en su catálogo de infracciones.
  • Candidatos que han aparecido en las boletas aprobadas por el INE han tenido una sobreexposición mediática, dándoles una ventaja desigual.
  • El INE sobreseyó una medida cautelar contra un magistrado electoral que promocionó su candidatura en redes sociales.

Conclusión

  • La falta de reglas claras y la ambigüedad en la aplicación de las normas generan una competencia desigual.
  • El incumplimiento de las normas debería acarrear sanciones, como la pérdida del registro para competir.
  • El escenario actual presenta una carrera dispareja debido a la inexistencia de precampañas y la sobreexposición de algunos candidatos.
Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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