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El texto de la columna invitada del 26 de Julio de 2025, escrita por José Luis Ayoub, aborda el debate sobre la prescripción y la irretroactividad de la ley en casos de delitos sexuales cometidos contra niñas, niños y adolescentes, analizando la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al respecto.

La SCJN ha establecido que los delitos sexuales contra menores no prescriben y que las leyes que beneficien a la niñez pueden aplicarse retroactivamente.

📝 Puntos clave

  • El texto introduce el concepto de prescripción negativa e irretroactividad de la ley.
  • Se plantea el debate sobre la aplicación de estos conceptos en casos de delitos sexuales contra menores.
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  • Se menciona la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de 2014, que establece la imprescriptibilidad en perjuicio de la infancia y adolescencia.
  • Se destaca la postura de la SCJN, que considera que aplicar la imprescriptibilidad no vulnera el principio de no retroactividad.
  • La SCJN considera que los plazos de ley se convierten en una barrera al acceso a la justicia y justa indemnización.
  • Se concluye que los actos de violencia sexual contra menores no prescriben y que las leyes que beneficien a la niñez pueden aplicarse retroactivamente.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Qué aspecto negativo podría señalarse del texto?

El texto no profundiza en los posibles desafíos prácticos que podría implicar la aplicación retroactiva de las leyes, como la dificultad para obtener pruebas después de muchos años o los posibles conflictos con otros derechos.

¿Qué aspecto positivo se destaca del texto?

El texto destaca la protección de los derechos de la infancia al eliminar las barreras legales que impedían el acceso a la justicia y la reparación para las víctimas de violencia sexual, reconociendo la necesidad de tiempo para asimilar y denunciar estos delitos.

Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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