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El texto escrito por Felipe De La Mata Pizaña el 13 de Agosto de 2025, aborda la controversia generada por la asignación de cargos judiciales tras las elecciones, específicamente en lo referente a la aplicación del principio de paridad de género. El autor expone su postura favorable a mantener el acuerdo del INE que priorizó la alternancia de género en la asignación de cargos, resultando en una mayoría de mujeres electas.

El TEPJF ya había validado el acuerdo de alternancia y paridad previo a la jornada electoral, con reglas claras, precisas y objetivas.

📝 Puntos clave

  • El INE emitió un acuerdo (INE/CG65/2025) para equilibrar el derecho a ser votado con el principio de paridad en las elecciones judiciales.
  • El acuerdo del INE establecía que la asignación alternada de cargos judiciales debía iniciar con las mujeres.
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  • El TEPJF validó este acuerdo como una acción afirmativa justificada para revertir la disparidad histórica en los órganos jurisdiccionales (SUP-JDC-1284/2025 y acumulados).
  • Tras las elecciones, algunas candidatas impugnaron la asignación de cargos, argumentando que al obtener mayor votación, tenían un "mejor derecho" que los candidatos hombres.
  • Felipe De La Mata Pizaña votó en contra de modificar el acuerdo del INE, defendiendo la asignación por alternancia.
  • El autor considera que el acuerdo del INE no solo cumplió con el principio de paridad, sino que lo superó, resultando en una asignación mayoritaria de mujeres (aproximadamente el 60%).
  • De La Mata Pizaña argumenta que implementar una nueva acción afirmativa después de las elecciones y tras la validación previa del acuerdo por el TEPJF atentaría contra la certidumbre jurídica.
  • El autor sugiere considerar modificaciones constitucionales para las elecciones de 2027 para mejorar la protección de los derechos de las poblaciones tradicionalmente excluidas.

Lo malo y lo bueno 👎👍

¿Qué aspecto negativo se puede identificar en la postura defendida por Felipe De La Mata Pizaña?

Si bien su postura defiende la certidumbre jurídica y el respeto a los acuerdos preelectorales, podría argumentarse que la defensa a ultranza del acuerdo del INE, sin considerar las impugnaciones basadas en la votación individual, podría limitar la posibilidad de corregir posibles injusticias en casos específicos donde candidatas con mayor respaldo popular fueron desplazadas por la regla de alternancia.

¿Qué aspecto positivo se puede destacar en la postura defendida por Felipe De La Mata Pizaña?

La defensa de la certidumbre jurídica y el respeto a los acuerdos preelectorales, especialmente aquellos diseñados para promover la paridad de género, es un aspecto positivo. Su postura busca evitar cambios de reglas a mitad del juego y proteger los avances logrados en la representación de las mujeres en el ámbito judicial. Además, su propuesta de considerar modificaciones constitucionales para futuras elecciones demuestra un compromiso con la mejora continua del sistema.

Sección: Política

 Este análisis con resumen se realiza con IA (🤖) y puede tener imprecisiones. leer el texto original 📑

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